La Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria (Sodercan), adscrita a la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio, ha abonado ya el ‘Cheque Resistencia’ a 4.770 autónomos y pequeños empresarios, con un desembolso hasta ahora de 5,9 millones. Hasta ahora se han presentado 9.300 solicitudes del ‘Cheque Resistencia’, cuyas ayudas oscilan entre los 150 y los 300 euros semanales (en función del número de empleados) y sirven para ayudar a autónomos y empresas de hasta 9 trabajadores a paliar el impacto económico que les generó tener que cerrar por el estado de alarma decretado a raíz del coronavirus.
Un total de 1.200 de las peticiones de este cheque han sido rechazadas al no cumplir los requisitos establecidos
Un total de 1.200 de las peticiones de este cheque han sido rechazadas al no cumplir los requisitos establecidos, han informado a Europa Press fuentes de la Consejería.
De entre aquellos negocios a los que ya se les ha pagado el ‘Cheque resistencia’, 1.360 (el 28,5% del total) están relacionados con servicios de comida y bebidas; 1.020 (21,3%) son comerciantes al por menor, y 873 (18,3%) prestan otros servicios personales.
Además, hay 515 que están vinculados a la educación (10,7%); 364 (7,6%) ofrecen servicios de alojamiento; 199 (4,1%) ofrecen actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento, y hay 81 -el 1,7%- que se dedican a la venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas (1,7%). Por ahora, Sodercan se ha marcado como prioridad seguir tramitando las solicitudes que faltan, que, rondarían las 3.330.
MODIFICACIÓN DE LAS BASES
Las bases de estas ayudas se publicaron el pasado 26 de marzo en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) y en ellas se incluían los requisitos que debían cumplir los autónomos y micropymes para poder beneficiarse de las mismas, algunos de los cuales han sufrido variaciones, las últimas publicadas este mismo jueves en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de Cantabria (BOC).
Entre las exigencias iniciales figuraba, por ejemplo, que los beneficiarios de las ayudas debían reiniciar la actividad suspendida en un plazo máximo de 10 días naturales tras la finalización del periodo de cierre obligatorio dictado por el Gobierno de España. Igualmente, se establecía que debían mantener la plantilla media de trabajadores que tenían en la fecha de entrada en vigor de estado de alarma durante, al menos, los seis meses siguientes a la finalización del período de cierre obligatorio. Sin embargo, en la modificación de la Orden que regula estas bases publicada este jueves, y consultada por Europa Press, se amplía a un mes el plazo máximo que se da para reabrir.
Además, en cuanto al mantenimiento del empleo, se establece que los beneficiarios de las ayudas deberán mantener, al menos, una plantilla media de trabajadores dentro de la horquilla contemplada en el tramo correspondiente previsto en la Orden, durante, al menos, 4 meses dentro del medio año siguiente que transcurra desde la finalización del periodo de cierre obligatorio. fuente: diariocantabria